Friday, March 23, 2007

The Delivery of 100,000 signatures to the OAS

Documento entregado hoy al Relator Especial para la Libertad de Expresión, de la CIDH de la OEA, junto con las firmas en apoyo de RCTV. Anexo fotografías de los miembros del Comando de la Resistencia en el momento de entrar a la sede de la OEA en Washington

Pictures: http://community.webshots.com/album/558327895SCVdbq
From left to right: Oscar Perez, Helen Fernandez, Antonio Ledezma and Milos Alcalay.


Dr. Ignacio Alvarez
Relator Especial para la Libertad de Expresión
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Organización de Estados Americanos (O.E.A.)
Su Despacho.-

Nosotros, los abajo firmantes, ciudadanos venezolanos, debidamente identificados en el anexo de firmas, procediendo en nuestro carácter de titulares del derecho a la libertad de expresión consagrado en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ocurrimos ante usted, con la finalidad de denunciar las recientes amenazas a nuestro derecho a la libertad de expresión ante la decisión del Estado venezolano de cerrar un medio de comunicación.

I
LOS HECHOS
A. Antecedentes
El día 14 de junio de 2006, desde el Patio de Honor del Ministerio de la Defensa, el Presidente Hugo Chávez dio un discurso con motivo de la entrega de un lote de fusiles de asalto Kalashnikov AK-103 a un batallón del Ejército venezolano. Durante su discurso, el Presidente de la República, uniformado con un traje de campaña del Ejército, tomó el fusil y –apuntando con él hacia la cámara de televisión- advirtió: “Con este fusil, que tiene un alcance de 1000 metros, tú te paras allá arriba y yo, con buena puntería, le doy a la lucecita roja ésa que tiene tu cámara.” Momentos más tardes, en el mismo discurso, el Presidente hizo el siguiente anuncio:

“Hay que revisar las concesiones de las televisoras que se van a vencer pronto. En el 2007 empiezan a vencerse.

Nosotros no podemos ser tan irresponsables de seguir dándole concesiones a un pequeño grupo de personas para que usen esas televisoras, el espacio radioeléctrico que es del Estado, es decir del pueblo, para que lo usen en contra de nosotros mismos.

En nuestras propias narices, como quinta columna, ¡a mí me importa un comino lo que digan los oligarcas del mundo! Me importa es la fuerza de mi patria y la unidad de Venezuela, ¡no me importa nada lo demás! Porque a nombre de una supuesta libertad de expresión, ahí se escudan ellos.

Quiero decir, he ordenado la revisión de las concesiones de las plantas de televisión. Hay algunos canales que han dado señal de querer cambiar, y pareciera que tienen intenciones de respetar la Constitución, la Ley, de los que apoyaron al golpe ¡que fueron todos! Es decir, ahí nosotros tuvimos el momento para eliminar esas concesiones, pero sin embargo, llamamos fue al diálogo, a las reflexiones. ¿Fue un error? Creo que no. Todo tiene su tiempo.


Hemos dado más que una demostración que no somos autoritarios ni arbitrarios. Preferimos siempre llamar a la unidad, pero hay algunos que jamás van a oír ese llamado. Bueno tenemos que actuar y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la República para proteger a nuestro pueblo. Para proteger a la unidad nacional, porque eso es todos los días. Mensajes ¿dirigidos a qué? Al odio, al irrespeto de las Instituciones, a la duda del uno contra otro, los rumores, guerra psicológica para dividir la nación. Para debilitarla y destruirla, ése es un plan imperialista. Son caballos de Troya en nuestras propias narices.”

Seguidamente a esta declaración, el Ministro de Comunicación e Información, William Lara, ese mismo día se refirió al discurso del Presidente Chávez en una rueda de prensa, señalando que:

“…si hacemos un análisis comparado de cuál fue la conducta de algunas televisoras tal como lo dijo el Presidente de la República, el 12 y 11 de abril estuvieron abiertamente en el golpe de Estado, y lo comparamos con su conducta actual, hay cambios cualitativos. En la programación, en la línea informativa, en la línea editorial, en cuanto, reitero a respetar los derechos de los usuarios y a cumplir sus deberes como prestadores de un servicio público. Hay otros casos que no se observa ese cambio, esa rectificación, sino que hay un empecinamiento en mantener conducta propia de lo que fue el 11 y 12 de abril en el país. (…)”


Ese mismo día, el Presidente de la Asamblea Nacional, Diputado Nicolás Maduro, apoyó las declaraciones del presidente Hugo Chávez, considerando que es necesaria una transformación del modelo comunicacional del país porque: "es un modelo impuesto en el mundo (…) de la misma basura, de pornografía" y de las "perversidades de las sociedades que promueven el masoquismo, la violencia contra la mujer, violaciones y promueven el modelo de una sociedad criminal y violenta". Maduro pronunció estas consideraciones en el marco de la discusión en el Parlamento del Informe sobre la Mesa Técnica contra el Crimen y la Violencia.[1]

El 28 de diciembre de 2006, en la ocasión de presentar su saludo de fin de año a la Fuerza Armada Nacional, y portando nuevamente uniforme militar, el Presidente Chávez anunció su decisión definitiva de sacar del aire a RCTV, usando como argumento una supuesta expiración de la concesión de la que es titular. Dijo el Presidente Chávez:

“Hay un señor por ahí de esos representantes de la oligarquía, que quería ser presidente de la oligarquía, y que luego esos gobiernos adecos-copeyanos le dieron concesiones para tener un canal de televisión y él ahora anda diciendo que esa concesión es eterna, se le acaba en marzo la concesión de televisión, se le acaba en marzo, así que mejor que vaya preparando sus maletas y vaya viendo a ver que va a hacer a partir de marzo, no habrá nueva concesión para ese canal golpista de televisión que se llamó Radio Caracas Televisión, se acaba la concesión, ya está redactada la medida, así que vayan preparándose, apagando los equipos pues, no se va tolerar aquí ningún medio de comunicación que esté al servicio del golpismo, contra el pueblo, contra la nación, contra la independencia nacional, contra la dignidad de la República, Venezuela se respeta, lo anuncio antes que llegue la fecha para, para que no sigan ellos con su cuentito de que no que son 20 años más, 20 años más yo te aviso chirulí, 20 años más si es bueno, se te acabo, se te acabo”.

El Presidente de la República ha continuado insistiendo sobre la inminencia del cierre de RCTV, motivando su decisión en la necesidad de castigar la línea editorial independiente de RCTV, con el pretexto de que éste es un medio “golpista” o “fascista”. En efecto, el 8 de enero de 2007, en el acto de nombramiento del nuevo gabinete ministerial, el Presidente Chávez se pronunció una vez más con respecto al caso de la revocación de la concesión de RCTV: “Nada ni nadie impedirá que se cumpla la decisión de no renovarle la concesión a ese canal de televisión, que todos saben cuál es. Nada ni nadie podrá evitarlo”. Asimismo, el 10 de enero de 2007, durante su exposición de la Memoria y Cuenta del año 2006 en la Asamblea Nacional, el Presidente dijo que la concesión “fascista” RCTV tiene los meses contados: “Le queda enero, febrero, marzo, abril y mayo, así chillen, pataleen hagan lo que hagan, se acabó la concesión para ese canal fascista”.

En la Cumbre de Jefes de Estado del MERCOSUR, celebrada en Río de Janeiro el pasado 19 de enero de 2007, el Presidente Chávez reiteró su amenaza: “Tendrán que derrocarme para yo renovarle la concesión”, afirmó frente a los Presidentes de los países miembros, según informó la agencia de noticias Reuters. Durante las reuniones que tuvieron lugar entonces y en la ocasión de recibir una condecoración, el Presidente se manifestó de nuevo, en términos aún más amplios, y con desdén respecto de los medios internacionales de protección de los derechos humanos:

En mayo vamos a nacionalizar y más que nacionalizar a socializar ese espacio del espectro electromagnético que es bien público y ha estado secuestrado por las elites pro imperialistas venezolanas. Pero tiene un alboroto de padre y señor nuestro, que Chávez, el régimen es castro comunista de Chávez, que la libertad de expresión, que me van a llevar a un juicio en no se que corte internacional; bueno yo les he dicho alboroten bastante, pero de todos modos se les acabó la concesión.

Ante las declaraciones del Presidente de la República, es claro que el asunto de la concesión de RCTV no se reduce a un mero tema de derecho administrativo interno relacionado con el régimen jurídico de las concesiones, sino que se pone de manifiesto el patrón de conducta mantenido por el actual régimen venezolano en el sentido de descalificar toda forma de crítica o de disidencia, tildándola como “golpista”, “oligarca”, “imperialista” y otros epítetos semejantes. Con ese pretexto se pretende justificar toda suerte de actos arbitrarios contra cualquier manifestación de disidencia, considerándola como antinacional e incluso criminal.

En este sentido la CIDH en su Informe de 2005, dio cuenta de la creciente criminalización del ejercicio de la libertad de expresión en Venezuela, particularmente con motivo de la entrada en vigencia de la última reforma del Código Penal.
[2] Por ello, llamamos su atención sobre la expresión clara del Presidente de la República, dirigida a reprimir la disidencia expresada libremente a través de la televisión, considerando que las televisoras usan “el espacio radioeléctrico que es del Estado, es decir del pueblo, para que lo usen en contra de nosotros mismos.”

Se trata, pues, de acallar las críticas a la gestión de quienes conducen el Estado, identificando Estado con gobierno y hasta con el proyecto político concreto de la revolución bolivariana, lo que obviamente es inaceptable en toda sociedad democrática e incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

II
DE LAS VIOLACIONES Y AMENAZAS A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

La amenaza de revocatoria de la concesión de medios de comunicación que han mantenido posiciones críticas o independientes al gobierno del Presidente Hugo Chávez, es el punto más crítico de la persecución sistemática que varios medios privados han venido sufriendo en los últimos años, la cual es violatoria del derecho a la libertad de expresión, en los términos reconocidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El artículo 13 de la Convención Americana, reconoce la libertad de expresión como el derecho humano de toda persona de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole sin censura previa. Pero además, este artículo no autoriza a los Estados a establecer restricciones por medios indirectos, precisamente tales como abuso de controles oficiales de las frecuencias radioeléctricas, o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones. En tal sentido, la disposición del apartado 3° del artículo 13 de la Convención Americana dispone lo siguiente:

“Artículo 13.
(…)
3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.” (Resaltado añadido).

Debe recordarse, por lo demás, que en Venezuela, el artículo 23 de la Constitución otorga rango constitucional a los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, reconociendo su prevalencia en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por la propia Constitución y las leyes de la República; siendo además de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público. Por lo tanto, las amenazas vertidas por el Presidente de la República y los demás funcionarios, no sólo comportan un atentado contra el artículo 13 de la Convención, sino que obran en abierta violación de la propia Constitución de la República.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha tenido oportunidad de pronunciarse sobre los alcances del derecho a la libertad de expresión como un derecho con una dimensión, no sólo individual para quien lo ejerce; sino social, para la sociedad en su conjunto. Ésta requiere, por un lado, que nadie sea arbitrariamente menoscabado o impedido de manifestar su propio pensamiento y representa, por tanto, un derecho de cada individuo; pero implica también, por otro lado, un derecho colectivo a recibir cualquier información y a conocer la expresión del pensamiento ajeno
[3]. La Corte Interamericana ha considerado que ambas dimensiones poseen igual importancia y deben ser garantizadas en forma simultánea para dar efectividad total al derecho a la libertad de expresión en los términos previstos por el artículo 13 de la Convención[4]. Sin embargo, ha enfatizado que “La importancia de este derecho destaca aún más al analizar el papel que juegan los medios de comunicación en una sociedad democrática, cuando son verdaderos instrumentos de la libertad de expresión y no vehículos para restringirla, razón por la cual es indispensable que recojan las más diversas informaciones y opiniones”. [5]

La Corte Interamericana, como también la Corte Europea de Derechos Humanos, ha sostenido que la libertad de expresión constituye uno de los pilares esenciales de una sociedad democrática y una condición fundamental para su progreso y para el desarrollo personal de cada individuo. Y en este sentido ha puntualizado que dicha libertad “no sólo debe garantizarse en lo que respecta a la difusión de información o ideas que son recibidas favorablemente o consideradas como inofensivas o indiferentes, sino también en lo que toca a las que ofenden, resultan ingratas o perturban al Estado o a cualquier sector de la población"
[6]. (Resaltados y subrayados añadidos). También ha dicho la Corte que “sin una efectiva libertad de expresión, materializada en todos sus términos, la democracia se desvanece, el pluralismo y la tolerancia empiezan a quebrantarse, los mecanismos de control y denuncia ciudadana se empiezan a tornar inoperantes y, en definitiva, se empieza a crear el campo fértil para que sistemas autoritarios se arraiguen en la sociedad.”[7](Resaltados y subrayados añadidos). Lo anteriormente expuesto, en criterio de la Corte Interamericana tiene una importancia particular cuando se aplica a los medios de comunicación social ya que: “No sólo implica que compete a los medios de comunicación la tarea de transmitir información e ideas relativas a asuntos de interés público, sino también que el público tiene el derecho a recibirlas”[8].

Finalmente, es importante subrayar una vez más que estas medidas arbitrarias anunciadas por las altas autoridades del Estado venezolano, se enmarcan dentro del contexto de una política de Estado, que se ha caracterizado por un ataque constante a los medios de comunicación y a los periodistas independientes en Venezuela, mediante agresiones morales, agresiones físicas, vías de hecho, leyes, sentencias, procedimientos administrativos, fiscales, penales y civiles, todos los cuales conoce a cabalidad tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como la Relatoría para la Libertad de Expresión, ya que están debidamente reflejadas y analizadas en los informes relativos a Venezuela, correspondientes al año 2005.
[9] En este sentido es importante recordar que al “evaluar una supuesta restricción o limitación a la libertad de expresión”, en este caso la Relatoría “no debe sujetarse únicamente al estudio del acto en cuestión, sino que debe igualmente examinar dicho acto a la luz de los hechos del caso en su totalidad, incluyendo las circunstancias y el contexto en los que éstos se presentaron”[10].


III
PETITORIO

Por ello, estas amenazas hechas por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela y respaldadas y seguidas por sus más altos funcionarios de gobierno, respecto a la revisión y revocatoria de las concesiones de los medios radioeléctricos y en concreto de las televisoras privadas de Venezuela que no apoyen la línea oficial del gobierno, representan unas expresiones por sí solas violatorias del derecho a la libertad de expresión en los términos contenidos en la Convención Americana, en los Principios sobre la Libertad de Expresión y la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Además, de concretarse esta acción anunciada, se traduciría en el cierre definitivo de medios de comunicación privados, cuyos periodistas, trabajadores y directivos han sido perseguidos y atacados sistemáticamente por el Estado venezolano en retaliación a sus posiciones y líneas editoriales. Estas acciones configurarían además una violación tanto del derecho de cada persona a expresarse como del derecho de todos a estar informados, de modo que se afecta una de las condiciones básicas de una sociedad democrática y la libertad de expresión de todos los venezolanos.

En virtud de la anterior situación expuesta, solicitamos, en su condición de Relator para la Libertad de Expresión de la CIDH, lo siguiente:

1. Que adopte las medidas y acciones necesarias y pertinentes, incluidas las gestiones apropiadas ante el Estado venezolano, para reiterar su preocupación por los actos reseñados en este escrito que, por sí mismos, violentan los estándares de derecho internacional aplicables a estas delicadas materias;
2. Que realice el seguimiento de la grave situación planteada.

En Caracas, a los 14 días del mes de marzo de 2007.
[1] “Presidente de la AN apoya revisión de las concesiones a los medios”, 15 de junio de 2006, en www.el-nacional.com
[2] Informe Anual de la CIDH 2005, Situación de los Derechos Humanos en Venezuela, Capítulo IV, párr. 357.
[3] Cfr. La colegiación obligatoria de periodistas (arts.13 y 29 Convención Americana sobre Derechos Humanos). Opinión Consultiva OC-5/85 del 13 de noviembre de 1985. Serie A No.5, párr.30; y Caso “La Última Tentación de Cristo” (Olmedo Bustos y otros), supra nota 6, párr. 64.
[4] Cfr. Caso “La Última Tentación de Cristo” (Olmedo Bustos y otros), supra nota 6, párr. 67.

[5] Caso”Ivcher Bronstein”, Corte IDH, Sentencia de 6 de febrero de 2000, párrafo 149.

[6] Cfr. Caso “La Última Tentación de Cristo” (Olmedo Bustos y otros), supra nota 6, párr. 69; Eur. Court H.R., Handyside case, judgment of 7 December 1976, Series A No. 24, párr. 49; Eur. Court H.R., The Sunday Times case, judgment of 26 April 1979, Series A no. 30, párrs. 59 y 65; Eur. Court H.R., Barthold judgment of 25 March 1985, Series A no. 90, párr. 55; Eur. Court H.R., Lingens judgment of 8 July 1986, Series A no. 103, párr. 41; Eur. Court H.R Müller and Others judgment of 24 May 1988, Series A no. 133, párr. 33; y Eur. Court HR, Otto-Preminger-Institut v. Austria judgment of 20 September 1994, Series A no. 295-A, párr. 49; Caso”Ivcher Bronstein”, Corte IDH, Sentencia de 6 de febrero de 2000, párrafo 152.
[7] Corte IDH: Caso Herrera Ulloa, Sentencia de 2 de Julio de 2004. Serie B No. 107, párr. 116.

[8] Cfr. Eur. Court H.R., The Sunday Times case, supra nota 100, para. 65; Caso”Ivcher Bronstein”, Corte IDH, Sentencia de 6 de febrero de 2000, párr. 153.
[9] Esta situación ha atraído también la atención de la Corte Interamericana, la cual ha adoptado varias veces medidas provisionales para la protección de periodistas y medios de comunicación, particularmente en el caso de RCTV y sus trabajadores de la comunicación social. Cfr Caso Luisiana Ríos y otros, que ha sido objeto de numerosas resoluciones de la Corte y su Presidente, desde el 27 de noviembre de 2002.

[10] Corte IDH: Caso”Ivcher Bronstein”, Sentencia de 6 de febrero de 2000, párr. 154.

Maru Angarita
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